Hay comarcas donde una radiografía está a cuarenta kilómetros. Quien acaba el ciclo de TSID sabe hacerla, sabe qué equipo hace falta y sabe qué necesitan los pacientes. Lo que casi nunca sabe es lo que viene antes de la primera prueba: qué forma tendrá la empresa, qué papeles hay que firmar y en qué orden, qué permisos pide un centro con rayos X, cuántas pruebas al mes hay que hacer para no perder dinero y de dónde sale el dinero de los primeros meses.
Son cinco decisiones, y ninguna se resuelve con intuición. Este artículo explica la teoría que hay detrás de cada una, que es la misma que recorre el escape room Abrimos la clínica.
Para quién es
| Módulo | Itinerario personal para la empleabilidad II (IPO II) |
| Ciclo | CFGS Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, segundo curso |
| RA | RA5: desarrolla un proyecto emprendedor de innovación social y/o tecnológica aplicada en colaboración con el entorno |
| CA | 5.1 analiza los conceptos básicos del emprendimiento y la innovación social · 5.7 aplica estrategias para analizar la viabilidad del proyecto emprendedor · 5.8 investiga las opciones financieras socialmente responsables |
| Duración | unos cincuenta minutos de juego, más el debriefing y la aplicación al proyecto |
| Formato | en equipo de cuatro, con roles fijos |
| Idiomas | ES · CA · EN |
Es la versión digital de un escape room que también existe en papel, con sobres y candados, y con los mismos códigos: un equipo puede jugar en papel y comprobar en la pantalla. Es el calentamiento del proyecto emprendedor que cada equipo desarrolla desde el RA4, y por eso termina con las mismas cinco preguntas aplicadas a ese proyecto.
La teoría
1. La forma jurídica: cuatro preguntas
No hay una forma jurídica mejor que otra. Hay una que responde mejor a lo que quiere un proyecto concreto, y se encuentra contestando cuatro preguntas:
- ¿Cuántas personas, y para qué? Hay formas para una sola persona y formas que piden varias. Y hay una frontera que lo decide casi todo: si se quieren repartir beneficios o no.
- ¿Hasta dónde responde cada uno de las deudas? Con responsabilidad ilimitada, las deudas del negocio son deudas de la persona, y se pagan con su casa y sus ahorros (el Código civil, art. 1911, dice que el deudor responde «con todos sus bienes, presentes y futuros»). Con responsabilidad limitada, cada socio arriesga lo que ha aportado.
- ¿Cómo se decide? Según el capital, por persona o por asamblea.
- ¿Qué cuesta ponerla en marcha? Capital, notario, registros, tiempo.
| Forma | Personas | Responsabilidad | Capital mínimo | Cómo se decide | Beneficio |
|---|---|---|---|---|---|
| Empresario individual (autónomo) | 1 | Ilimitada | No hay | Decide solo | Tributa en el IRPF |
| Comunidad de bienes | 2 o más | Ilimitada | No hay | Por mayoría de cuotas | IRPF de cada comunero |
| Sociedad limitada | 1 o más | Limitada a lo aportado | 1 € | Según las participaciones | Impuesto sobre sociedades |
| Cooperativa de trabajo asociado | varias personas socias trabajadoras | Limitada a las aportaciones | El que fijen los estatutos | Una persona, un voto | Impuesto sobre sociedades, régimen especial |
| Asociación | 3 o más | De la asociación | No hay | Asamblea | Sin ánimo de lucro: no se reparte |
| Fundación | 1 o más fundadores | De la fundación | Dotación inicial | Patronato | Sin ánimo de lucro: todo a la finalidad |
Cuatro matices que suelen pasar desapercibidos:
- La SL con 1 € existe desde la Ley 18/2022, «Crea y Crece», que modificó el artículo 4 de la Ley de Sociedades de Capital. Pero con condiciones: mientras el capital no llegue a 3.000 €, la sociedad tiene que destinar al menos el 20 % del beneficio a reserva legal y, si se liquida sin bienes suficientes, los socios responden de la diferencia hasta los 3.000 €. Y sigue necesitando notario, Registro Mercantil, contabilidad y cuentas anuales.
- La comunidad de bienes se parece a una sociedad y no lo es: no tiene personalidad jurídica, decide por cuotas y cada comunero responde con su patrimonio personal. Es la forma que aparece cuando dos personas empiezan juntas sin pensar en el riesgo.
- En la cooperativa el voto es por persona, ponga cada una el capital que ponga. Es la gestión democrática que la define como economía social (Ley 5/2011, y en Cataluña la Ley 12/2015 de cooperativas). Es una empresa: reparte los excedentes, pero según la actividad de cada socio, no según su capital.
- Una asociación es un grupo de personas; una fundación, un patrimonio. Las dos son sin ánimo de lucro. La asociación nace de tres o más personas que se juntan para un fin; la fundación, de unos bienes que alguien destina a un fin (en Cataluña, con una dotación inicial de 30.000 € como mínimo, según el libro tercero del Código civil catalán).
2. Constituir una sociedad limitada: cada trámite se apoya en otro
Una SL no tiene personalidad jurídica hasta que se inscribe en el Registro Mercantil. Hasta entonces es una «sociedad en formación», y los trámites no se pueden hacer en cualquier orden porque cada uno necesita un papel que da otro:
| Trámite | Dónde | Qué necesita | Qué da |
|---|---|---|---|
| Certificación negativa de denominación | Registro Mercantil Central | una lista de nombres posibles | el nombre reservado |
| Apertura de la cuenta y depósito del capital | banco | el nombre reservado | el certificado bancario de la aportación |
| Escritura pública de constitución y estatutos | notaría | el nombre y el certificado bancario | la escritura firmada |
| NIF provisional y declaración censal (modelo 036) | Agencia Tributaria | la escritura | el número fiscal de la sociedad |
| Inscripción | Registro Mercantil provincial | la escritura y el NIF | la sociedad existe |
Leída por la columna «qué necesita», la tabla se ordena sola. Un matiz sobre el banco: el certificado del depósito es la vía habitual, pero desde la Ley 11/2018 los fundadores de una SL pueden sustituirlo declarando en la escritura que responden solidariamente de la realidad de sus aportaciones (art. 62 de la Ley de Sociedades de Capital). Después de la inscripción llegan el NIF definitivo, el alta de los trabajadores en la Seguridad Social antes de que empiecen a trabajar y los permisos de la actividad. Registrar la marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas es muy recomendable, pero no forma parte de la constitución.
Hoy todo esto se puede tramitar en línea con el Documento Único Electrónico (DUE) desde un Punto de Atención al Emprendimiento (sistema CIRCE), con estatutos tipo y plazos más cortos. Cambia la ventanilla, no la lógica.
3. Los permisos de un centro con rayos X: tres capas
Constituir la sociedad no da permiso para abrir. Un centro de diagnóstico por la imagen necesita permiso por tres lados, y cada uno mira una cosa distinta:
- El centro sanitario. Todo centro sanitario, público o privado, necesita la autorización de funcionamiento de la autoridad sanitaria (Real Decreto 1277/2003 y, en Cataluña, el Decreto 151/2017) y queda inscrito en el registro de centros. Conviene pedirla antes de las obras: ahí se fijan los requisitos del local.
- El local con una actividad. La licencia o comunicación previa del ayuntamiento, según la ordenanza municipal.
- Los equipos que emiten radiación. Y aquí está la confusión más frecuente.
Los aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico —una sala de radiología convencional, un mamógrafo, un densitómetro óseo, un equipo dental— tienen un reglamento propio, el Real Decreto 1085/2009. No se autorizan como instalación radiactiva: el titular los declara antes de usarlos y quedan inscritos en el registro del órgano competente de la comunidad autónoma. En ese proceso interviene un servicio o unidad técnica de protección radiológica (SPR o UTPR), que calcula los blindajes, certifica la instalación y hace después los controles periódicos.
Una instalación radiactiva es otro régimen: la que usa sustancias radiactivas, como un servicio de medicina nuclear con radiofármacos, y otros aparatos generadores de radiación fuera del diagnóstico médico. Necesita una autorización previa con informe del Consejo de Seguridad Nuclear. Desde el 5 de diciembre de 2024 la regula el Real Decreto 1217/2024, que sustituyó al Real Decreto 1836/1999, el reglamento que aparece en buena parte de los apuntes.
| Rayos X de diagnóstico médico | Instalación radiactiva | |
|---|---|---|
| Ejemplos | Radiología convencional, TC, mamografía, densitometría, dental | Medicina nuclear, fuentes radiactivas, otros generadores |
| Norma | Real Decreto 1085/2009 | Real Decreto 1217/2024 |
| Régimen | Declaración e inscripción en un registro | Autorización previa con informe del CSN |
| Protección radiológica | SPR o UTPR, y personal acreditado por el CSN para dirigir u operar | SPR o UTPR según la instalación, y personal con licencia de supervisor u operador |
4. ¿Cuántas pruebas hay que hacer? El punto de equilibrio
El punto de equilibrio es la actividad con la que los ingresos cubren exactamente los costes: ni se gana ni se pierde. Para calcularlo, los costes se separan en dos familias:
- Costes fijos: se pagan cada mes, se haga mucho o poco. Alquiler, sueldos y Seguridad Social, renting de los equipos, seguros, suministros, gestoría.
- Costes variables: aparecen con cada unidad que se vende y crecen con ella. En un centro de imagen, el informe de telerradiología, el material y los consumibles de cada prueba.
Lo que deja cada unidad para pagar los fijos es el margen de contribución:
margen de contribución = precio − coste variable unitario
punto de equilibrio = costes fijos ÷ margen de contribución
Un ejemplo con otros números: un centro de fisioterapia con 9.000 € de costes fijos al mes, que cobra 35 € por sesión y gasta 5 € en material por sesión, deja 30 € por sesión. Necesita 9.000 ÷ 30 = 300 sesiones al mes para no perder dinero; con 20 días laborables, quince al día.
Tres reglas que evitan los errores habituales:
- Una inversión no es un coste del mes. Unas obras o un equipo comprado se pagan una vez y se financian aparte. En la cuenta de resultados entran repartidos, mes a mes, como amortización; sumarlos enteros a los costes de un mes dispara el punto de equilibrio sin sentido.
- Cada unidad no deja el precio. Deja el precio menos lo que cuesta producirla. Olvidar el coste variable da un punto de equilibrio más bajo que el real, que es el error que más caro sale.
- El resultado se pasa a la agenda. Un punto de equilibrio que, dividido por los días laborables, no cabe en las horas de una sala no es un objetivo: es un aviso.
5. Financiarse sin hipotecar el proyecto
Casi todos los proyectos necesitan dinero para el circulante de los primeros meses: pagar sueldos y alquiler mientras llegan los clientes. La financiación socialmente responsable se reconoce por tres rasgos:
- Es transparente: dice qué financia y con qué criterios. La banca ética publica los proyectos en los que invierte.
- Estudia el proyecto, también su impacto social, y no sólo la garantía.
- No pone en riesgo a la empresa ni a las personas: no ahoga la tesorería con intereses abusivos ni convierte las deudas del negocio en deudas personales.
| Tipo | Cómo funciona | Ejemplos |
|---|---|---|
| Cooperativa de servicios financieros éticos y solidarios | Presta a proyectos de economía social con el ahorro de sus socios | Coop57 |
| Banca ética | Préstamos con criterios sociales y ambientales, y transparencia sobre dónde va el dinero | Fiare Banca Etica, Triodos Bank |
| Micromecenazgo social | La comunidad aporta pequeñas cantidades a cambio de recompensas | Goteo |
| Préstamos participativos y ayudas públicas | Financiación pública ligada a la innovación o a la economía social | ENISA, convocatorias de la Generalitat |
Y lo contrario también se reconoce: el préstamo rápido que no mira nada y se cobra con el interés, las tarjetas personales para pagar gastos de la empresa, y el inversor que no explica qué hace con su dinero y empieza pidiendo recortar justo el servicio que da sentido al proyecto. Las entidades y las convocatorias cambian: antes de proponer una, hay que comprobar que sigue activa.
6. Del juego a vuestro proyecto
Las cinco preguntas del escape room son las del apartado de forma jurídica y viabilidad de cualquier plan de empresa, y la actividad termina aplicándolas al proyecto de cada equipo:
| Apartado | Qué hay que poner |
|---|---|
| Forma jurídica | Dos formas comparadas con las cuatro preguntas y la elegida, justificada |
| Trámites y permisos | Los de constitución y los específicos del sector, en orden |
| Punto de equilibrio | Costes fijos, precio, coste variable, margen y cálculo |
| Financiación responsable | Dos opciones con entidades reales y por qué encajan |
Cómo funciona el laboratorio
Marc, Nerea y Sami, TSID desde hace tres años, quieren abrir Imatge a Prop, un pequeño centro con una sala de radiología digital y un densitómetro en una capital de comarca. Mañana tienen cita con la gestoría y con el banco. Las personas, el centro y las cifras son inventados; las formas jurídicas, los trámites y los permisos son reales, resumidos para el juego. Hay cinco candados:
- ¿Qué forma jurídica? Cuatro situaciones y seis formas: hay que elegir la más adecuada para cada una. Entrena el apartado 1.
- El orden de los trámites. Siete tarjetas para constituir la SL, y dos no van. Entrena el apartado 2.
- Los permisos del centro. Lo que habrá dentro del local y seis papeles sobre la mesa: ¿cuáles hacen falta? Entrena el apartado 3.
- ¿Cuántas pruebas al mes? El plan mensual del centro, con lo que se paga una vez mezclado con lo que se paga cada mes. Entrena el apartado 4.
- Dinero con valores. Seis maneras de pagar el circulante. Entrena el apartado 5.
Aquí no se adivina una palabra: se razona. Los candados que dan letras no enseñan las letras hasta que la decisión es la buena, y la tabla, las opciones y las tarjetas salen en un orden distinto en cada partida. Cada error dice qué tipo de fallo es —el criterio que se ha mirado mal—, pero no cuál de las fichas está mal. Cada prueba tiene «rayos X» con la teoría, una pista y una ficha final; después vienen el debriefing, la aplicación al proyecto descargable y el informe del equipo.
Errores que el laboratorio busca
- Elegir la forma por el riesgo y olvidar cómo se vota. La SL limita el riesgo, pero decide por capital.
- Confundir sin ánimo de lucro con fundación. Una fundación necesita un patrimonio; un grupo de personas, una asociación.
- Firmar antes de tener los papeles. El notario necesita el nombre y el certificado del banco (o la declaración que lo sustituye); el Registro, el NIF.
- Tratar una sala de rayos X como una instalación radiactiva. Y, al revés, olvidar la protección radiológica porque «no es radiactiva».
- Meter la inversión en los costes del mes, u olvidar que cada prueba cuesta algo.
- Elegir la financiación por la rapidez o la cantidad, sin mirar qué pide a cambio.
Notas para el profesorado
- Tiempo: cuatro horas en dos sesiones. Primera: diez minutos de historia y equipos, cincuenta de juego, cuarenta de debriefing (el punto de equilibrio paso a paso) y veinte de dudas sobre formas jurídicas y trámites. Segunda: financiación responsable y liderazgo ético, y la aplicación al proyecto de cada equipo.
- Equipos de cuatro con roles fijos: portavoz (la única persona que toca la pantalla), cronometrador o cronometradora, secretaría (apunta por qué cada código es el bueno) y guardián o guardiana de las pistas.
- Papel o pantalla: los códigos coinciden con el kit de sobres y con la presentación de Revela; se pueden combinar.
- Sin red: es una sola página HTML que se abre desde un pendrive y no envía nada a ningún sitio. La aplicación al proyecto se guarda sólo en el navegador de quien la escribe.
- Debriefing: las preguntas salen en la pantalla final del laboratorio, incluida una variación del punto de equilibrio para calcular en directo.
Normativa citada: Código civil, art. 1911 · Real Decreto Legislativo 1/2010, texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (art. 4, modificado por la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas) · Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo · Ley 5/2011, de Economía Social · Ley 12/2015, de cooperativas de Cataluña · Ley 4/2008, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas · Real Decreto 1277/2003, de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios · Decreto 151/2017, de autorización de centros sanitarios en Cataluña · Real Decreto 1085/2009, de instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico · Real Decreto 1217/2024, Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.